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Cómo no caer en la trampa de los falsos odontólogos que publicitan sus servicios en redes sociales e internet
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Cómo no caer en la trampa de los falsos odontólogos que publicitan sus servicios en redes sociales e internet

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Para evitar engaños publicitarios con 'falsos odontólogos' o profesionales que sí lo son, pero ejercen ilegalmente -sin matrícula ni habilitación del consultorio-, desde el Colegio de Odontólogos Distrito I se recuerda a la población que cada publicidad que uno puede ver en internet o redes sociales debe tener un Número de Autorización y Registro de Publicidad (NARP).
 

Esto significa que previamente el profesional se debe  anotar en el Registro de la Publicidad.  'Todos los odontólogos matriculados en el colegio que realicen publicidad on line están obligados registrarse. Una vez que lo hacen el Colegio les otorga un Número de Autorización y Registro de Publicidad (NARP). De este modo, cuando el profesional publicita sus servicios deberá sumar en la publicación el NARP, un número que siempre será el mismo, más su nombre, apellido y número de matrícula', se informó desde la entidad.


'Esto ayuda a ejercer un mayor control por parte del Colegio, genera una herramienta de verificación para los colegiados, ya que los separa de quienes realizan intrusismo, y a los pacientes les asegura estar frente a profesionales colegiados', explican desde el distrito.


El Registro de Publicidad tiene como meta lograr un mayor control de las publicidades odontológicas, otorgarle una herramienta de verificación a los pacientes y también a los matriculados, que de este modo pueden diferenciarse, claramente, de falsos odontólogos o profesionales que sí lo son, pero ejercen ilegalmente -sin matrícula ni habilitación del consultorio-.


'Al momento de solicitar la autorización, el profesional debe enviar al Registro un modelo de la publicidad a autorizar (por única vez), captura de pantalla del perfil de la página por autorizar, nombre de red social a utilizar, nombre de la cuenta, titular de la misma y número de matrícula del titular', se explicó en un comunicado.


'Toda aquella publicidad de servicios odontológicos que no cuente con el NARP debe ser considerada falsa y podríamos estar ante un caso de intrusismo', finalizó el informe.


¿Qué es el Intrusismo y cuáles son los peligros de caer en la trampa?


El intrusismo es un DELITO que consiste en el ejercicio ilegal de la odontología por parte de personas que no poseen habilitación ni formación para hacerlo. Dentro de 'intrusismo' se engloba a quienes ofrecen prácticas y tratamiento -no siendo profesionales de la odontología- para la salud bucal. Aquí se incluyen la confección de prótesis, arreglos, blanqueamientos, placas miorrelajantes, de bruxismo o protectores bucales hechos a medida, entre otras prácticas.


Por ello es fundamental que sea un odontólogo u odontóloga quien las realice. Un profesional colegiado es la persona idónea y capacitada, quien además conoce cuáles son las normas de bioseguridad para evitar enfermedades.


Las odontólogas y los odontólogos son las únicas personas capacitadas y habilitadas para atender la salud bucal, diagnosticar y llevar adelante tratamientos.


'Siempre, ante una publicidad de un servicio odontológico, las personas deben chequear que tenga el NARP, el nombre completo del profesional y su número de matrícula', subrayan desde el COPBA1.
 

FUENTE: El Enfoque Noticias